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miércoles, 29 de abril de 2026

Neurotecnología: neurodato, el nuevo dato personal


Con el pasar de los años hemos visto la necesidad de que el Derecho avance al mismo ritmo que la tecnología. Sin embargo, recientemente hemos comprendido que no se trata de correr detrás de cada innovación, sino de anticiparnos a lo que viene. Ya no podemos permitirnos un sistema legislativo reactivo; necesitamos uno preventivo, capaz de prepararse para los nuevos desafíos.

 

En medio de debates sobre inteligencia artificial (IA) y datos personales, ha emergido un tema profundamente relevante, aunque poco conocido por la mayoría: el boom de la neurotecnología.

 

La neurotecnología nació con fines terapéuticos, especialmente para apoyar a personas con enfermedades cerebrales como el Alzheimer. Su propósito original fue ayudar a restaurar o mejorar funciones cognitivas a través de herramientas científicas y médicas. En Colombia este campo aún es incipiente, pero en Latinoamérica países como Chile, México y Brasil ya han avanzado desde perspectivas científicas y sicológicas. El punto crítico es que hoy la neurotecnología no solo permite intervenir el cerebro: también puede leerlo. Y allí surge la verdadera discusión jurídica.

 

Los neurodatos pueden entenderse como una especie de “huella cerebral”, un registro íntimo de la actividad neuronal que revela recuerdos, emociones, prejuicios, sesgos y experiencias profundamente personales. Información que antes creíamos inaccesible hoy es posible obtenerla mediante diversos dispositivos. Si los datos biométricos son considerados datos sensibles, los neurodatos deberían tener una categoría incluso superior.

 

En el panorama internacional, Chile ha sido pionero. Desde 2021 ha avanzado en reformas constitucionales para incluir derechos fundamentales como la privacidad mental, el libre albedrío y la protección contra la discriminación derivada del uso de neurotecnologías. Organismos como la OCDE y la Unesco han propuesto principios orientadores sobre innovación responsable, mental privacy y límites éticos para el uso de neurodatos, aunque todavía no existe un marco regulatorio global consolidado.

 

En Colombia, además de las discusiones sobre IA, se estudian proyectos para modernizar la Ley 1581 de 2012 y algunos textos han planteado expresamente la inclusión de los neurodatos como dato sensible, en línea con la tendencia internacional a reconocer su especial nivel de riesgo.

 

Los riesgos no son hipotéticos. Así como ya hemos visto usos indebidos de datos personales por parte de actores privados, es posible que los neurodatos se conviertan en un nuevo foco de explotación. Por eso es indispensable establecer limitaciones claras y fortalecer la supervisión. En Colombia, la Superintendencia de Industria y Comercio ya ha demostrado un compromiso fuerte con la protección del habeas data y la privacidad de los ciudadanos, y será una autoridad clave si el país decide regular de manera específica el tratamiento de neurodatos. Lo deseable es que cualquier persona pueda conocer qué información se recopila sobre su actividad neuronal, para qué se usa y durante cuánto tiempo, y que tenga herramientas reales para ejercer sus derechos.

 

El caso chileno es especialmente relevante porque demuestra que es posible construir un marco conceptual robusto antes de que la tecnología desborde las capacidades regulatorias. Definir conceptos como privacidad mental, identidad personal, libre albedrío, acceso justo y protección contra el sesgo no es una tarea menor: es la base para impedir que se confundan los avances científicos con usos potencialmente manipuladores. Debemos distinguir claramente los desarrollos neurocientíficos destinados a fines terapéuticos y médicos de aquellos que podrían utilizarse para influir o condicionar decisiones humanas. Y, sobre todo, garantizar que cualquier procedimiento desde electroencefalografías hasta resonancias o monitoreo cerebral cuente con consentimiento informado y límites éticos estrictos.

 

Colombia ha sido históricamente protectora del habeas data, lo cual es motivo de orgullo. Pero ese mismo espíritu protector debe guiarnos hacia una discusión seria sobre los neurodatos. Los datos físicos y tangibles ya están regulados; ahora debemos anticiparnos a una categoría de información profundamente íntima que pronto será accesible, no porque no existiera antes, sino porque hoy la tecnología permite capturarla y procesarla. Esto exige conceptos claros, políticas preventivas y educación ciudadana en un lenguaje comprensible, que explique qué significan los neurodatos, qué riesgos implican y por qué su tratamiento no puede ser visto como un dato más.

 

La neurotecnología llegó para quedarse, y con ella una nueva forma de comprender la intimidad humana. La pregunta es inevitable: ¿Estamos preparados para regular el pensamiento humano?

 

Tomado de: https://www.ambitojuridico.com/noticias/actualidad/neurotecnologia-neurodato-el-nuevo-dato-personal

 

Colaboración:

Diego Ospina

Unidad de Cumplimiento

Califícanos

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